
IRAE en fideicomisos familiares: adjudicación de inmuebles
La DGI aclara que los fideicomisos de administración familiar deben tributar IRAE por adjudicación de bienes inmuebles a beneficiarios, comparando valor fiscal con precio plaza.
Impuestos relacionados
¿Los fideicomisos familiares están exentos de IRAE?
Una consulta reciente a la DGI revela un aspecto importante sobre la tributación de fideicomisos familiares que muchos contribuyentes desconocen. Contrario a lo que se podría pensar intuitivamente, estos instrumentos jurídicos no están exentos del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), especialmente al momento de adjudicar bienes a los beneficiarios.
El caso planteado
Un fideicomiso de "administración e inversión" fue constituido entre dos cónyuges (fideicomitentes) y su hija (fiduciaria), con el objetivo de programación familiar. Los cónyuges actuaban simultáneamente como beneficiarios, y no recibirían contraprestación alguna. La fiduciaria consultó si al adjudicar los inmuebles del fideicomiso, estos debían retornar al patrimonio de los beneficiarios al mismo valor de adquisición original, sin generar tributación de IRAE.
La posición de la DGI
La Dirección General Impositiva fue clara y contundente: la adjudicación del fideicomiso a los beneficiarios está gravada por IRAE. Esta conclusión se fundamenta en varios aspectos normativos:
- Base legal: El numeral 7 del literal A) del artículo 3° del Título 4 del Texto Ordenado 1996 establece que las rentas obtenidas por fideicomisos (excepto los de garantía) constituyen rentas empresariales
- Sujeto pasivo: El Decreto N° 150/007 incluye expresamente a los fideicomisos como contribuyentes del IRAE
- Alcance: Para estos contribuyentes tributan la totalidad de las rentas, salvo exoneraciones expresas
Cálculo de la renta gravada
El criterio para determinar la renta sujeta a IRAE en la adjudicación es específico y objetivo:
La renta a computar estará constituida por el resultado que derive de comparar el valor fiscal y el precio de venta en plaza de los bienes adjudicados.
Esto significa que:
- Se toma el valor fiscal del inmueble (generalmente menor)
- Se compara con el precio de mercado al momento de la adjudicación
- La diferencia positiva constituye renta gravada por IRAE
Implicancias prácticas para la planificación familiar
Esta interpretación tiene consecuencias importantes para quienes utilizan fideicomisos como herramienta de programación patrimonial:
- Costo tributario: La adjudicación generará una carga fiscal que debe ser planificada
- Liquidez: El fideicomiso deberá contar con recursos para afrontar el IRAE correspondiente
- Timing: Conviene evaluar el momento más favorable para realizar las adjudicaciones
- Valuación: Es crucial contar con tasaciones actualizadas para determinar correctamente la base imponible
Consideraciones adicionales
Es importante destacar que:
- El carácter familiar del fideicomiso no elimina la obligación tributaria
- La ausencia de contraprestación entre las partes no exime del gravamen
- Los fideicomisos de garantía sí están exceptuados de esta tributación
- La normativa no distingue entre fideicomisos comerciales y familiares para efectos del IRAE
Recomendaciones
Para quienes estén considerando o ya tengan constituido un fideicomiso familiar:
- Asesoramiento especializado: Consultá con profesionales en derecho tributario antes de estructurar el fideicomiso
- Provisión de recursos: Asegurate de que el fideicomiso tenga liquidez suficiente para afrontar el IRAE
- Planificación temporal: Evaluá estratégicamente el momento de las adjudicaciones
- Documentación: Mantené registros detallados de valores fiscales y de mercado
Texto completo de la consulta
CONSULTA N° 6.135
FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN CON VÍNCULO FAMILAR - IRAE - RENTAS COMPUTABLES POR ADJUDICACIÓN DE INMUEBLES.
I) La consulta
Una fiduciaria de un contrato de fideicomiso realiza la presente consulta vinculante, expresando que:
a) Se suscribió un contrato de fideicomiso de "administración e inversión" entre dos cónyuges y su hija, quienes asumieron los roles de fideicomitentes y fiduciaria respectivamente.
b) El vínculo de las partes es de carácter familiar, circunstancia que al ser los creadores del contrato, la doctrina actualmente le otorga la finalidad de "Programación familiar".
c) Los fideicomitentes también son los beneficiarios y por ende, los destinatarios finales de los bienes que existieran al cumplimiento del plazo o condición establecida.
d) Los fideicomitentes no recibirán ningún tipo de contraprestación.
La compareciente consulta respecto al Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) adelantando opinión señalando que los bienes inmuebles deben retornar al patrimonio de los beneficiarios al mismo valor al cual fueron adquiridos en primera instancia y consecuentemente no se debe tributar dicho impuesto.
II) La respuesta
No se comparte la opinión del consultante.
La adjudicación del fideicomiso a los beneficiarios está gravada por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE). En efecto, el numeral 7 del literal A) del artículo 3° del Título 4 del Texto Ordenado 1996 establece que constituyen rentas empresariales las rentas obtenidas por los fideicomisos, con excepción de los de garantía.
Por su parte el artículo 1° del Decreto N° 150/007 de 26.04.007 incluye dentro del elenco de sujetos pasivos del IRAE a las entidades mencionadas en el literal A) del artículo precitado. Y el artículo 3° numeral 1° del citado Decreto reglamentario dispone que para dichos contribuyentes estarán gravadas la totalidad de las rentas, salvo las que estén expresamente exoneradas.
De acuerdo a lo establecido en el literal C) del artículo 17 del Título 4 y el inciso 2° del artículo 14 del Decreto N° 150/007, la renta a computar estará constituida por el resultado que derive de comparar el valor fiscal y el precio de venta en plaza de los bienes adjudicados.
16.07.018 - El Sub Director General de la DGI, acorde.
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
Artículos relacionados
06 may. 2026
Importación de material cinematográfico: guía fiscal completa
Conocé las obligaciones tributarias al importar DVDs, afiches y derechos cinematográficos. Régimen de IVA Mínimo vs. IVA General, anticipos de IRAE y retenciones de IRNR.
06 may. 2026
IVA en material educativo: libros vs accesorios complementarios
La DGI aclara que solo los libros están exonerados de IVA, mientras que tableros magnéticos y accesorios complementarios deben tributar a tasa básica.
06 may. 2026
Deducción adicional por promoción del empleo en IRAE: requisitos y límites
La DGI aclara que la deducción incrementada por promoción del empleo requiere obligatoriamente aumentar la cantidad de empleados, no basta con incrementar salarios.
