Resoluciones de DGI

IASS 2024 y 2025: nuevas escalas y tasas para jubilados y pensionistas

La DGI actualizó las escalas del IASS desde enero 2024 y anuncia una rebaja en la tasa mínima para 2025. Conocé los tramos y cómo te afecta.

Rodrigo Abaz·21 de octubre de 2026
IASS 2024 y 2025: nuevas escalas y tasas para jubilados y pensionistas

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IASS

El Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) es el impuesto que grava los ingresos de jubilados, pensionistas y otros pasivos en Uruguay. A través de la Resolución N° 3/2024, la Dirección General Impositiva (DGI) actualizó las escalas y tasas aplicables a partir del 1° de enero de 2024 y anticipa un cambio adicional para el 1° de enero de 2025.

Si cobrás una jubilación, pensión o cualquier ingreso alcanzado por el IASS, esta resolución te impacta directamente. A continuación te explicamos de forma clara qué cambió y qué significa en la práctica.

¿Qué es el IASS y quiénes lo pagan?

El IASS es un impuesto a la renta que recae sobre las pasividades: jubilaciones, pensiones, retiros y otros ingresos de carácter previsional. Lo retienen directamente los organismos pagadores (BPS, Caja Bancaria, Caja Notarial, etc.), que actúan como responsables ante la DGI.

La base imponible se determina sobre los ingresos anuales computables, pero el responsable aplica la escala de forma mensualizada, es decir, prorratea los tramos anuales en doce partes para hacer la retención mensual.

Las nuevas escalas desde el 1° de enero de 2024

La resolución establece la siguiente escala anual (mensualizada) de tasas progresionales:

  • Hasta 72 BPC anuales: tasa del 8%
  • Más de 72 BPC y hasta 492 BPC anuales: tasa del 24%
  • Más de 492 BPC anuales: tasa del 30%

El valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) se actualiza anualmente. Para 2024, la BPC fue fijada en $6.567, lo que permite calcular los umbrales en pesos:

  • 72 BPC: $472.824 anuales → aprox. $39.402 mensuales
  • 492 BPC: $3.230.964 anuales → aprox. $269.247 mensuales

En la práctica, quienes perciben ingresos mensuales por debajo de ~$39.402 tributan únicamente al 8%. Quienes superan ese umbral, pagan el 24% sobre el excedente, y el 30% sobre lo que supere el segundo tramo.

El cambio que viene en 2025: baja la tasa mínima al 6%

La resolución también incorpora una reducción de tasa para el primer tramo a partir del 1° de enero de 2025: la tasa aplicable a los ingresos de hasta 72 BPC anuales pasará del 8% al 6%.

Esto representa un alivio para los pasivos de menores ingresos, que son quienes tributan exclusivamente en el primer tramo. Los tramos superiores (24% y 30%) se mantienen sin cambios anunciados para 2025.

En resumen: si tu jubilación no supera los ~$39.000 mensuales (en valores 2024), en 2025 vas a pagar menos IASS: la tasa baja del 8% al 6% sobre todos tus ingresos computables.

¿Por qué se hicieron estos cambios?

Esta resolución de la DGI es consecuencia directa del Decreto N° 395/2023 del Poder Ejecutivo, dictado el 14 de diciembre de 2023. Ese decreto introdujo modificaciones en la estructura del IASS, y la resolución DGI adapta operativamente la norma que regula a los responsables (organismos pagadores), actualizando la tabla de retención que deben aplicar.

El cambio también se enmarca en el contexto de la reforma de seguridad social impulsada en Uruguay, que buscó ajustar la carga tributaria sobre pasividades, especialmente en los tramos más bajos.

¿Qué deben hacer los responsables (organismos pagadores)?

Los organismos que actúan como responsables del IASS —BPS, cajas paraestatales, compañías de seguros que pagan rentas vitalicias, entre otros— deben:

  • Aplicar la nueva escala desde enero de 2024 en sus retenciones mensuales.
  • Prever el cambio de tasa para el primer tramo a partir de enero de 2025 y ajustar sus sistemas de liquidación oportunamente.
  • Reliquidar si corresponde, en caso de que durante el año se produzcan diferencias entre las retenciones mensualizadas y el impuesto anual definitivo.

¿Y si tenés más de una fuente de ingresos de pasividad?

Si percibís jubilaciones o pensiones de más de un organismo, debés designar un responsable principal para la retención, o bien presentar la declaración jurada anual de IASS para reliquidar el impuesto considerando la totalidad de tus ingresos. En ese caso, la escala progresional se aplica sobre el total anual y se determina si hay saldo a pagar o a favor.

Texto completo de la resolución

PODER EJECUTIVO — MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS — DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

Resolución N° 003/2024
Montevideo, 03 de enero de 2024

VISTO: el Decreto N° 395/2023 de 14 de diciembre de 2023, y la Resolución N° 1213/2008 de 5 de agosto de 2008.

RESULTANDO: que el mencionado decreto introdujo modificaciones en las disposiciones del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).

CONSIDERANDO: necesario ajustar la referida resolución.

ATENTO: a lo expuesto,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA EN EJERCICIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL RESUELVE:

Sustitúyese el tercer inciso del numeral 8) de la Resolución N° 1213/2008 de 5 de agosto de 2008, por los siguientes:

"A partir del 1° de enero de 2024, el responsable deberá aplicar a los ingresos la siguiente escala anual, mensualizada:"

  • Hasta 72 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC): 8%
  • Más de 72 y hasta 492 BPC: 24%
  • Más de 492 BPC: 30%

"A partir del 1° de enero de 2025 la tasa aplicable al tramo de ingresos de hasta 72 BPC (setenta y dos bases de prestaciones y contribuciones) será del 6% (seis por ciento)."

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.

DANIEL E. LAFFITTE, Sub Director General de la DGI en ejercicio de la Dirección General.

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