
Exoneraciones para accesorios de máquinas industriales: cuándo aplican
Los rodillos y mordazas de máquinas industriales pueden exonerarse bajo la Ley 16.906, pero solo si se compran junto con la máquina, no por separado.
El problema de los accesorios industriales
Las empresas industriales uruguayas frecuentemente enfrentan dudas sobre qué bienes califican para las exoneraciones de la Ley de Inversiones N° 16.906. Un caso particular y complejo surge cuando se trata de accesorios o partes intercambiables de máquinas industriales.
La consulta que analizamos involucra a una empresa fabricante de tubos de acero inoxidable que necesita juegos de rodillos y mordazas para su máquina formadora. Estos elementos son esenciales para el proceso productivo, ya que cada diámetro de tubo requiere un juego específico.
Criterio de la DGI: la clave está en la forma de adquisición
La Dirección General Impositiva estableció un criterio claro pero específico para estos casos:
Los rodillos y mordazas son partes intercambiables de la máquina que generalmente son provistos por el fabricante al momento de adquirirla.
La DGI diferencia dos escenarios:
- Compra conjunta: Si los accesorios se adquieren junto con la máquina, aplican las exoneraciones
- Compra separada: Si se compran independientemente de la máquina, no califican para exoneración
Base legal: qué dice la normativa
La Ley N° 16.906 establece para empresas industriales la exoneración de "bienes muebles destinados directamente a su ciclo productivo". El Decreto Reglamentario N° 59/998 en su artículo 3° incluye específicamente a las máquinas industriales dentro de estos bienes muebles.
Sin embargo, la interpretación administrativa exige que estos accesorios se consideren parte integral de la máquina al momento de la compra.
Implicancias prácticas para empresarios
Este criterio tiene consecuencias importantes para la planificación de inversiones industriales:
- Timing de compras: Conviene adquirir todos los accesorios necesarios junto con la máquina principal
- Negociación con proveedores: Es recomendable incluir en la factura de la máquina todos los juegos de rodillos o accesorios previsibles
- Documentación: Mantener constancia clara de que los accesorios forman parte del equipamiento industrial
Casos similares en la industria
Este criterio puede aplicarse a situaciones similares en otros sectores industriales:
- Matrices y troqueles para prensas
- Brocas y herramientas específicas para centros de mecanizado
- Moldes intercambiables para máquinas de inyección
- Cuchillas y accesorios para equipos de corte
Recomendaciones estratégicas
Para maximizar los beneficios de la Ley de Inversiones:
- Planificá compras integrales: Incluí todos los accesorios necesarios en la compra inicial de la máquina
- Documentá adecuadamente: Asegurate que la factura refleje claramente que los accesorios son parte del equipamiento
- Consultá previamente: Ante dudas, presentá una consulta tributaria antes de realizar la inversión
Texto completo de la consulta
CONSULTA N° 6.176
MÁQUINAS INDUSTRIALES Y ACCESORIOS, ADQUISICIÓN - INVERSIONES - EXONERACIONES, CONSIDERACIONES.
Se presenta una empresa industrial cuya actividad principal es la fabricación de tubos de acero inoxidable para lo cual compra habitualmente juegos de rodillos que son instalados en la máquina formadora de tubos para la realización del moldeo del fleje de acero inoxidable hasta transformarlo en un tubo circular. Para cada diámetro de tubo se debe contar con el juego de rodillos adecuado a la medida.
La empresa consulta si le son aplicables a estos bienes las exoneraciones establecidas en la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998.
Dada la especificidad del tema, se solicitó a los técnicos de la División Fiscalización un informe el cual se transcribe parcialmente:
"... Los bienes consultados en este caso son, según lo afirma la propia empresa, "juegos de rodillos" para máquina perfiladora RPA 70 o formadora de tubos y "mordazas" para la misma.
La perfiladora RPA 70 que se menciona en la documentación aportada es una máquina de trabajo en continuo para la producción de tubos y perfiles en todos los metales, soldados o no, partiendo de una cinta o lámina.
Al desplazarse la lámina de metal por el interior de la máquina, los rodillos se apoyan en ella y en forma gradual van produciendo su curvatura. La mordaza sujeta la pieza en el momento del corte.
Los rodillos y la mordazas son entonces, partes intercambiables de esta máquina y dependiendo del diámetro del tubo a fabricar, será el juego que se deba utilizar. Se trata pues de accesorios de una máquina que generalmente son provistos por el fabricante al momento de adquirirla.
........"
Se concluye por lo tanto que al ser los rodillos y las mordazas partes intercambiables de la máquina, si la empresa adquiere la misma con dichos accesorios, puede ampararse a la Ley de Inversiones (Ley N° 16.906), dado que ésta establece para las empresas industriales la exoneración de los "bienes muebles destinados directamente a su ciclo productivo", y el Decreto Reglamentario N° 59/998 de 04.03.998 refiere en su artículo 3° a los bienes muebles, y entre ellos el literal a) incluye a las máquinas industriales.
Si por el contrario los juegos de rodillos y las mordazas se adquieren en forma independiente (por separado) de la máquina, no les corresponde la exoneración.
31.12.018 - El Sub Director General de la DGI, acorde.
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