DGI suspende retenciones de IRPF por rentas del exterior de marzo 2026
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Rodrigo Abaz·27 de abril de 2026

DGI suspende retenciones de IRPF por rentas del exterior de marzo 2026

La DGI extendió la suspensión de retenciones y anticipos de IRPF sobre rendimientos de capital del exterior, ahora también para los devengados en marzo de 2026.

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¿Qué resolvió la DGI esta vez?

A través de la Resolución 905/026 del 17 de abril de 2026, la Dirección General Impositiva (DGI) dispuso la suspensión de las retenciones y anticipos del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que corresponden a los rendimientos de capital e incrementos patrimoniales provenientes de entidades no residentes, devengados durante el mes de marzo de 2026.

Esta medida no es nueva ni aislada: viene a extender una línea de suspensiones que la DGI ya había establecido para los rendimientos devengados en enero y febrero de 2026. En otras palabras, ya son tres meses consecutivos para los que se ha suspendido esta obligación.

¿A quiénes afecta esta suspensión?

Esta medida es relevante para aquellas personas físicas residentes fiscales en Uruguay que obtienen rendimientos de capital o incrementos patrimoniales generados en el exterior. Esto puede incluir, por ejemplo:

  • Dividendos o utilidades provenientes de empresas radicadas en el extranjero.
  • Intereses de colocaciones financieras en entidades no residentes.
  • Ganancias por la venta de activos en el exterior.
  • Otras rentas de capital originadas fuera de Uruguay.

Si te encontrás en alguna de estas situaciones, la suspensión implica que no debés realizar la retención ni el anticipo de IRPF correspondiente a las rentas devengadas en marzo de 2026, al igual que en los meses previos del año.

¿Qué significa "suspensión" en la práctica?

Es importante entender bien este concepto para no confundirlo con una exoneración o condonación. La suspensión no elimina la obligación tributaria: simplemente posterga el momento en que debés cumplir con la retención o el pago del anticipo. El impuesto seguirá siendo exigible en el momento que corresponda según la normativa vigente.

En términos prácticos, esto significa que no tenés que realizar el pago en este momento, pero sí debés llevar un registro claro de los rendimientos obtenidos, porque eventualmente deberás declararlos y tributar sobre ellos.

¿Por qué la DGI está suspendiendo estas obligaciones?

Si bien la resolución no explicita los motivos, este tipo de medidas suele responder a adecuaciones operativas o técnicas en los sistemas de declaración y pago, o a la necesidad de compatibilizar el marco normativo uruguayo con los mecanismos de intercambio de información con el exterior. Lo importante para vos, como contribuyente, es estar al tanto de que la suspensión existe y que abarca ya los tres primeros meses de 2026.

Consejos prácticos si tenés rentas del exterior

  • No ignores estas rentas: Aunque hoy no debas retener ni anticipar, los rendimientos del exterior siguen siendo gravados por IRPF y deberás informarlos en tu declaración anual.
  • Documentá todo: Guardá comprobantes, estados de cuenta y cualquier documentación que respalde los rendimientos obtenidos en el exterior durante enero, febrero y marzo de 2026.
  • Mantenete informado: La DGI podría extender la suspensión a meses posteriores o definir un mecanismo especial de pago. Seguí las novedades para no encontrarte con sorpresas.
  • Consultá con tu contador: Cada situación patrimonial es particular. Si tenés inversiones en el exterior, lo mejor es revisar tu caso con un profesional para asegurarte de cumplir correctamente cuando la suspensión finalice.

En resumen

La DGI suspendió por tercer mes consecutivo las retenciones y anticipos de IRPF sobre rentas de capital e incrementos patrimoniales del exterior, esta vez para los devengados en marzo de 2026. Si bien esto da un respiro inmediato a quienes tienen inversiones en el extranjero, la obligación tributaria sigue vigente y deberá cumplirse oportunamente. Desde Calculame te recomendamos mantener un registro prolijo de estas rentas y estar atentos a las próximas resoluciones de la DGI.

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