
Crédito fiscal por alquiler en IASS: cómo aprovecharlo en 2024
Desde Calculame te explicamos paso a paso cómo acceder al crédito fiscal por arrendamiento de inmuebles en el IASS y recuperar hasta el 8% de lo que pagás en alquiler.
Impuestos relacionados
¿Sabías que podés recuperar parte de lo que pagás en alquiler?
Si sos jubilado o pensionista y pagás alquiler por tu vivienda, tenemos una buena noticia: podés aprovechar el crédito fiscal por arrendamiento de inmuebles en el IASS. Desde Calculame queremos explicarte cómo funciona este beneficio y cómo podés sacarle el máximo provecho.
¿Quiénes pueden beneficiarse con este crédito?
Para acceder a este crédito fiscal, necesitás cumplir con algunos requisitos básicos que son importantes conocer:
- Generar IASS: Es fundamental que hayas tenido que pagar IASS durante 2024. Si no generaste este impuesto, lamentablemente no podés usar este crédito.
- Ser titular del contrato: Tenés que aparecer como arrendatario en el contrato de alquiler.
- Contrato por escrito: El contrato debe estar por escrito, aunque esté vencido.
- Duración mínima: El contrato tiene que ser por un año o más.
- Vivienda permanente: El inmueble debe ser tu lugar de residencia habitual.
- Identificar al propietario: Necesitás tener los datos completos del arrendador.
Un detalle importante: no es necesario que el contrato esté inscripto para poder aprovechar este beneficio.
¿Cuánto podés recuperar?
El crédito fiscal equivale al 8% del alquiler que efectivamente pagaste durante 2024. Esto significa que si pagaste $300.000 en alquiler durante el año, podés descontar $24.000 de tu IASS.
Ojo con los pagos adelantados: si pagaste por adelantado varios meses o años, solo podés considerar lo que corresponde al período 2024.
Ejemplo práctico para que lo entiendas mejor
Imaginemos que sos jubilado, pagaste $200.000 en alquiler durante 2024 y te correspondió pagar $11.600 de IASS:
- IASS a pagar: $11.600
- Crédito por alquiler: $16.000 (8% de $200.000)
- Como el crédito es mayor que el IASS, recuperás los $11.600 completos
En este caso, no solo no pagarías IASS, sino que te devolverían el dinero que ya te retuvieron durante el año.
Información que necesitás tener a mano
Para hacer la declaración jurada correctamente, vas a necesitar:
- Del arrendador: nombre completo, cédula o RUC, y domicilio
- Del inmueble: departamento, localidad, número de padrón y unidad
- Del alquiler: monto total pagado efectivamente en 2024
Situaciones especiales que podés enfrentar
Si compartís el alquiler: cuando hay varios arrendatarios, pueden ponerse de acuerdo sobre cómo repartir el crédito. Si no llegan a un acuerdo, se reparte en partes iguales.
Si tenés trabajo y jubilación: el crédito se aplica primero al IRPF (por el trabajo) y lo que sobre se puede usar en el IASS.
¿Qué tenés que hacer ahora?
Si cumplís con todos los requisitos, tenés que presentar la declaración jurada correspondiente. Este trámite puede parecer complejo, pero con la información correcta y un poco de paciencia, es totalmente manejable.
Recordá que este beneficio puede representar un ahorro significativo en tus impuestos, especialmente si pagás alquileres altos. Es una oportunidad que vale la pena aprovechar si cumplís con los requisitos.
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
Artículos relacionados
07 abr. 2026
Nuevas franjas IRAE 2026: conocé cuánto tenés que pagar
Actualizamos las franjas de pago mínimo de IRAE para ejercicios cerrados al 31/03/2026. Conocé en qué categoría te ubicás y cuánto tenés que pagar mensualmente.
07 abr. 2026
Impuesto Mínimo Complementario en Uruguay: qué implica para tu empresa
Uruguay implementa el Impuesto Mínimo Complementario desde 2026. Te explicamos qué empresas afecta, cómo prepararte y qué cambios trae al sistema tributario uruguayo.
07 abr. 2026
IRPF 2025: Todo lo que necesitás saber sobre el cierre del 30 de abril
El 30 de abril cierra el plazo para modificar información de IRPF ante BPS. Después de esta fecha, todos los cambios se gestionan ante DGI. Te explicamos qué implica.
