
Certificados de crédito DGI para compra de gasoil en emergencia agropecuaria
La DGI habilita la cesión de certificados de crédito para adquirir gasoil durante la emergencia agropecuaria. Te explicamos quiénes aplican y cómo funciona.
Impuestos relacionados
¿De qué se trata esta medida de la DGI?
En el marco de la emergencia agropecuaria declarada en Uruguay, la Dirección General Impositiva (DGI) habilitó un mecanismo especial: la cesión de certificados de crédito tributario para ser utilizados exclusivamente en la compra de gasoil. Se trata de una herramienta de alivio fiscal pensada para quienes desarrollan actividad agropecuaria y necesitan solventar costos operativos esenciales en un contexto de crisis.
¿Quiénes están comprendidos?
Esta medida aplica a los sujetos que encuadran dentro de las disposiciones vinculadas a la emergencia agropecuaria vigente. En términos prácticos, estamos hablando de productores rurales y empresas del sector agropecuario que cuenten con certificados de crédito emitidos por la DGI y que califiquen bajo la normativa de emergencia.
Si tenés dudas sobre si tu actividad o empresa queda comprendida, es clave revisar tu situación tributaria con un contador de confianza antes de operar la cesión.
¿Para qué se puede usar la cesión?
El destino es específico y no admite excepciones: los certificados cedidos solo pueden utilizarse para la adquisición de gasoil en estaciones de servicio habilitadas y distribuidoras. No se pueden aplicar a otros insumos, servicios ni obligaciones fiscales.
Esto tiene una lógica clara: el gasoil es uno de los principales costos variables del sector agropecuario, especialmente en períodos de emergencia donde la actividad no se detiene pero los ingresos se ven comprometidos.
¿Cuánto se puede ceder?
La DGI estableció un tope para evitar usos abusivos del mecanismo. El monto máximo que se puede ceder no puede superar el 10% del total de las adquisiciones de gasoil —incluido IVA— realizadas durante el período comprendido entre marzo y mayo de 2025.
En términos prácticos, esto significa que:
- Primero debés calcular el total que gastaste en gasoil (con IVA incluido) entre marzo y mayo de 2025.
- Sobre ese total, el 10% es el techo de lo que podés ceder mediante certificados de crédito.
- No podés ceder más que ese monto, aunque tengas certificados disponibles por un valor mayor.
Es importante documentar correctamente las compras de gasoil del período de referencia, ya que ese historial es la base del cálculo.
¿Cuál es la vigencia de esta medida?
La medida tiene una vigencia acotada, asociada al período de emergencia agropecuaria. Te recomendamos no dejar para último momento la gestión, ya que los plazos en materia tributaria son estrictos y el vencimiento de los certificados puede afectar su validez.
Consejos prácticos para productores y empresas agropecuarias
- Revisá si tenés certificados de crédito disponibles en tu cuenta de DGI. Muchas veces existen saldos sin utilizar que se pueden aprovechar en oportunidades como esta.
- Reuní los comprobantes de compra de gasoil de marzo, abril y mayo de 2025 para poder calcular correctamente el tope del 10%.
- Coordiná con tu contador el proceso de cesión para asegurarte de cumplir con todos los requisitos formales que exige la DGI.
- Actuá dentro de los plazos vigentes. Este tipo de beneficios tienen ventanas temporales y perderlos por demora es un costo innecesario.
¿Por qué importa esto para tu negocio?
En un contexto de emergencia agropecuaria, cada peso cuenta. Poder convertir créditos tributarios en gasoil —un insumo crítico para la operativa rural— es una oportunidad concreta de mejorar el flujo de caja sin generar nuevas deudas. Es exactamente el tipo de medida que, bien aprovechada, puede marcar la diferencia en la continuidad operativa de un establecimiento.
Desde Calculame, te ayudamos a entender y gestionar tu situación tributaria para que no pierdas ningún beneficio al que tenés derecho.
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