
Subsidio por enfermedad para trabajadores +65: extensión hasta julio
El BPS extiende el subsidio por enfermedad para trabajadores mayores de 65 años hasta el 31 de julio. Te contamos qué implica para tu empresa.
Nueva extensión del subsidio por enfermedad para mayores de 65 años
Desde Calculame queremos mantenerte al día con las últimas novedades del BPS que afectan a tu empresa. El organismo ha anunciado una nueva extensión del subsidio por enfermedad para trabajadores mayores de 65 años, que ahora se extenderá hasta el 31 de julio de 2024.
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?
Esta medida está dirigida específicamente a trabajadores que cumplan con estos requisitos:
- Tener 65 años o más
- No poder realizar sus tareas habituales desde su domicilio (teletrabajo)
- Estar ya amparados en el subsidio por enfermedad desde el 20 de diciembre de 2020
Es importante destacar que no todos los trabajadores mayores de 65 años califican automáticamente. Deben estar en la situación específica de no poder trabajar desde casa y haber estado previamente en el sistema de subsidio.
¿Cómo afecta esto a tu empresa?
Como empleador, necesitás saber que tu empresa es la responsable de determinar y comunicar al BPS qué trabajadores permanecerán en aislamiento con derecho al subsidio. Esta no es una decisión automática del BPS, sino que requiere tu evaluación y gestión.
La buena noticia es que todo el proceso se puede hacer de forma remota. No necesitás que tus trabajadores se presenten en oficinas del BPS ni ante prestadores de salud. Podés gestionar todo a través del servicio en línea "Ingresar ausentismo para trabajadores a partir de 65 años y mujeres embarazadas".
Pasos prácticos para gestionar el subsidio
Para aplicar correctamente esta medida en tu empresa, te recomendamos:
- Revisar tu plantilla: Identificá qué trabajadores de 65+ años no pueden hacer teletrabajo
- Evaluar caso por caso: Determiná quiénes necesitan continuar en aislamiento
- Comunicar al BPS: Usá el servicio en línea para informar las situaciones
- Mantener registros: Documentá todas las decisiones y comunicaciones
¿Tenés dudas sobre la aplicación?
Si necesitás consultar aspectos específicos de tu caso, podés hacerlo directamente con el BPS a través del servicio "Consúltenos" desde tu usuario personal, seleccionando tema "Trabajador" y motivo "Enfermedad".
Recordá que esta extensión forma parte de las medidas de protección laboral que se mantienen vigentes. Como siempre, desde Calculame te recomendamos mantener una comunicación clara con tus trabajadores sobre estas disposiciones y asegurate de cumplir con todos los procedimientos administrativos correspondientes.
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
Artículos relacionados
09 abr. 2026
Declaración FONASA 2025: plazos y obligaciones para servicios personales
Si prestás servicios personales independientes, debés presentar tu declaración jurada anual FONASA antes del 16, 23 o 30 de abril según tu número de empresa.
08 abr. 2026
¿Tenés trabajo anterior a 1996? Podés sumarlo a tu jubilación
Si trabajaste antes de abril de 1996 y no aparece en tu Historia Laboral, podés reconocer esos años para mejorar tu futura jubilación. Te explicamos plazos y requisitos.
06 abr. 2026
BPS reduce 77% los atrasos: qué significa para tu jubilación
El BPS logró reducir drásticamente los tiempos de trámites de jubilación. Te explicamos cómo estas mejoras impactan tu planificación previsional.
