
IRAE ficta para S.R.L. de asesoría contable: criterio de rentas puras
DGI clasifica asesoría contable no profesional como renta pura de trabajo para IRAE ficta. Conocé qué escala corresponde y por qué no se considera actividad empresarial.
Impuestos relacionados
Contexto del caso
Una S.R.L. que se dedica principalmente a la asesoría contable y tributaria prestada por no profesionales consultó a la DGI sobre la posibilidad de cambiar su forma de liquidación del IRAE de real a ficta, y específicamente sobre qué escala debería aplicar.
La empresa tiene como actividades secundarias ser corredor de seguros y administración de propiedades, y actualmente liquida IRAE en forma real con contabilidad suficiente.
¿Actividad empresarial o renta pura de trabajo?
El punto central de esta consulta es determinar si la asesoría contable y tributaria prestada por no profesionales constituye una actividad empresarial o una renta pura de trabajo, ya que de ello depende qué escala de IRAE ficta se debe aplicar.
Según el criterio de la DGI, para que exista actividad empresarial deben cumplirse ciertos requisitos relacionados con el uso del capital. Específicamente, no existe actividad empresarial cuando:
- El capital no esté activamente dirigido a la obtención de la renta sino a facilitar la actividad personal del titular
- En prestación de servicios, la actividad personal se desarrolle utilizando exclusivamente bienes de activo fijo aportados por el prestatario
Criterio de la DGI: renta pura de trabajo
La DGI determinó que la asesoría contable y tributaria descripta en el caso no constituye actividad empresarial, sino que se trata de una renta pura de trabajo.
Los fundamentos de esta decisión son:
- El capital empleado no está activamente dirigido a obtener renta, sino a facilitar la actividad personal del socio
- La actividad es desarrollada directamente por uno de los socios no profesional con apoyo de personal dependiente
- Los bienes utilizados facilitan la actividad personal más que constituir una inversión empresarial
Además, las actividades secundarias (corredor de seguros y administrador de inmuebles) también son consideradas rentas puras de trabajo según el último inciso del artículo 50 del Decreto N° 148/007.
Escala de IRAE ficta aplicable
Al tratarse la totalidad de las rentas como rentas puras de trabajo, si la empresa decidiera cambiar a la liquidación ficta del IRAE, le corresponde aplicar la escala prevista en el quinto inciso del artículo 64 del Decreto N° 150/007.
Esta es la escala más favorable para las rentas puras de trabajo, diferente de la que se aplicaría si fuera considerada actividad empresarial (que sería la del segundo inciso del mismo artículo).
Implicancias prácticas para empresas similares
Este criterio de la DGI tiene importantes consecuencias para empresas que brindan servicios de asesoría contable sin ser profesionales universitarios:
- Clasificación favorable: Al ser consideradas rentas puras de trabajo, pueden acceder a escalas de IRAE ficta más beneficiosas
- Diferencia con profesionales: Los profesionales universitarios también tributan como rentas puras de trabajo, pero este caso demuestra que los no profesionales pueden recibir el mismo tratamiento bajo ciertas circunstancias
- Análisis del capital: Es crucial evaluar si el capital está dirigido a obtener renta o solo facilita la actividad personal
Requisitos para liquidación ficta
Es importante recordar que, más allá de determinar la escala aplicable, la empresa debe cumplir todos los requisitos generales para poder optar por la liquidación ficta del IRAE:
- Límites de ingresos establecidos en la normativa
- Tipo de actividad permitida
- Forma jurídica compatible
- Otros requisitos específicos del régimen
Texto completo de la consulta
Consulta Tributaria 6580
S.R.L. QUE PRESTA SERVICIOS DE ASESORÍA CONTABLE Y TRIBUTARIA POR NO PROFESIONALES – IRAE – LIQUIDACIÓN REAL – CAMBIO A FORMA FICTA.
Se consulta sobre la aplicación de las escalas de estimación ficta prevista en el artículo 64 del Decreto N° 150/007 de 26.04.007, por parte de una SRL que posee como giro principal Asesoría contable y tributaria no prestada por profesionales y como giros secundarios Corredores de seguro y administración de propiedades.
El consultante expresa liquidar el Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) en forma real con contabilidad suficiente y evalúa la posibilidad de comenzar a liquidarlo en forma ficta, conforme lo dispuesto por el citado artículo. Sostiene que la actividad de la empresa es llevada adelante por uno de los socios no profesional, con apoyo de personal dependiente y en instalaciones equipadas con bienes propiedad del socio, destinados exclusivamente a la empresa. Señala que dentro del plantel de funcionarios hay un profesional que realiza certificaciones contables y el respaldo del asesoramiento tributario.
Adelanta opinión que a efectos de la liquidación ficta del IRAE, le corresponde la aplicación de la escala del segundo inciso del artículo 64 del Decreto N° 150/007 asumiendo que la actividad se desarrolla mediante la combinación de capital y trabajo; sostiene que no se estarían cumpliendo las condiciones detalladas en el último inciso del artículo 50 del Decreto N° 148/007 de 26.04.007.
Esta Comisión de Consultas no comparte el criterio adelantado por el consultante.
La actividad principal desarrollada consiste en la asesoría contable y tributaria que según lo señalado es llevada a cabo directamente por uno de los socios no profesional de la empresa con el apoyo de personal dependiente; en consecuencia, corresponde analizar la naturaleza de la actividad descripta para determinar la escala a aplicar en caso de optar por liquidar IRAE en forma ficta.
Considerando la definición de rentas empresariales dada por el literal B del artículo 3° del Decreto N° 150/007 se entiende que no existe actividad empresarial cuando:
i) El capital no esté activamente dirigido a la obtención de la renta sino a facilitar la actividad personal del titular de los bienes.
ii) En el caso de la prestación de servicios, la actividad personal se desarrolle utilizando exclusivamente bienes de activo fijo aportados por el prestatario.
En ese sentido en cuanto al factor capital empleado para desarrollar la actividad de asesoría, se entiende que el mismo no está activamente dirigido a la obtención de la renta, sino a facilitar la actividad personal.
En consecuencia, la actividad de asesoramiento contable y tributario descripta, no es considerada actividad empresarial, conforme criterio sostenido, entre otras, en Consulta N° 6.396 de 12.08.021 (Bol. N° 579).
Por otra parte, con relación a las rentas obtenidas por su actividad secundaria de corredor de seguros y de administrador de inmuebles (actuando en calidad de mandatario), son consideradas rentas puras de trabajo, conforme al último inciso del artículo 50 del Decreto N° 148/007:
"Se considerarán rentas puras de trabajo las derivadas de actividades desarrolladas en el ejercicio de su profesión, ya sea en forma individual o societaria, por profesionales universitarios con título habilitante, rematadores, despachantes de aduana, corredores y productores de seguros, mandatarios, mediadores, corredores de bolsa, agentes de papel sellado y timbres, agentes y corredores de la Dirección de Loterías y Quinielas, o similares".
En definitiva la totalidad de las rentas originadas en las actividades consultadas son consideradas rentas puras de trabajo. Por lo tanto si el contribuyente cumpliera los requisitos para liquidar IRAE de forma ficta, corresponde la aplicación de la escala prevista en el quinto inciso del artículo 64 del Decreto N° 150/007.
28.02.025 - La Directora General de Rentas, acorde.
Fecha de publicación Web: 25 de abril de 2025.
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