
Exoneración IRAE mínimo: cómo recuperar tus pagos de anticipos
DGI ya emitió certificados de crédito para devolver pagos de IRAE mínimo. Te explicamos cómo funciona la exoneración y qué pasos seguir para recuperar tu dinero.
Impuestos relacionados
¿Qué es la exoneración del IRAE mínimo?
Si sos contribuyente del IRAE y tus ingresos brutos gravados fueron menores a 915.000 UI para ejercicios con cierres entre marzo 2020 y febrero 2021, tenés derecho a la exoneración del IRAE mínimo establecida por la Ley 19.942.
Esto significa que no tendrías que haber pagado los anticipos mínimos de IRAE correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2021. Si ya los pagaste, la buena noticia es que podés recuperar esa plata.
¿Cómo saber si califico para la exoneración?
Para determinar si te corresponde esta exoneración, necesitás revisar:
- Tus ingresos brutos gravados declarados en los formularios 2148, 1050 o 2149
- Que sean inferiores a 915.000 UI a la cotización vigente al cierre de tu ejercicio
- Que tu ejercicio haya cerrado entre marzo 2020 y febrero 2021
Procedimiento para contribuyentes NO CEDE
Si no estás en el régimen CEDE, DGI ya está emitiendo certificados de crédito electrónico tipo A de oficio para los anticipos mínimos pagados en enero, febrero y marzo de 2021.
Para verificar si tenés certificados disponibles:
- Ingresá a Servicios en Línea de DGI
- Buscá la consulta "Certificados de crédito autorizados"
- Revisá si aparecen los certificados correspondientes a tus pagos
Si pagaste anticipos por coeficiente entre enero y junio 2021, podés compensarlos directamente con las obligaciones de julio 2021 en adelante, sin hacer ningún trámite adicional.
Procedimiento para contribuyentes CEDE
Si estás en el régimen CEDE, tenés dos opciones para recuperar los pagos de anticipos (tanto mínimo como por coeficiente) de enero a junio 2021:
Opción A - Compensación automática:
- Podés usar esos pagos para los anticipos de IRAE de julio 2021 en adelante
- En el formulario 2176, completá la línea 30 con "no corresponde" si tu anticipo del mes es igual o menor al mínimo pagado
- Si tu anticipo supera el mínimo, usá "otra base de cálculo" y pagá solo la diferencia
Opción B - Solicitar certificados de crédito:
- Podés pedir certificados de crédito tipo A mediante el procedimiento de "pagos por error"
- Vas a necesitar presentar reliquidaciones del formulario 2176 para cada mes del período
Nuestros consejos prácticos
Desde Calculame te recomendamos:
- Revisá ya tus ingresos para confirmar si calificas para la exoneración
- Consultá regularmente en Servicios en Línea si aparecieron certificados de crédito a tu nombre
- Si sos CEDE, evaluá bien las dos opciones: compensar automáticamente suele ser más simple
- Guardá toda la documentación de los pagos realizados por si necesitás hacer algún reclamo
- Si tenés dudas sobre los cálculos, consultá con un contador antes de tomar decisiones
Esta exoneración representa un alivio importante para las empresas que enfrentaron dificultades durante la pandemia. Asegurate de aprovechar este beneficio si te corresponde.
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