
Declaraciones IRPF e IASS 2024: Fechas clave y cómo prepararte
Te explicamos todo lo que necesitás saber sobre las declaraciones de IRPF e IASS 2024: fechas importantes, devoluciones automáticas y quiénes deben presentar declaración jurada.
Impuestos relacionados
Arrancó la temporada de declaraciones de IRPF e IASS 2024
Ya estamos en plena campaña de declaraciones juradas de IRPF e IASS para el año fiscal 2023, y desde Calculame queremos ayudarte a entender todo lo que necesitás saber para estar al día con tus obligaciones tributarias.
Devoluciones automáticas: ¿Te corresponde dinero del fisco?
La buena noticia es que muchos trabajadores dependientes ya pueden cobrar devoluciones automáticas desde el 17 de junio. Si tenés configurada la devolución por transferencia bancaria, el dinero está disponible desde el 14 de junio.
Para saber si tenés derecho a una devolución automática, podés:
- Ingresar con identidad digital a "Consulta de Devoluciones" en el portal de DGI
- Usar la app de DGI
- Consultar por WhatsApp al 098 134400
¿Qué significa esto para vos como emprendedor? Si además de tu actividad independiente trabajás en relación de dependencia, es probable que tengas derecho a esta devolución automática. Es plata que ya pagaste de más durante el año y el fisco te la devuelve.
Declaración jurada: Formularios disponibles desde el 26 de junio
A partir del 26 de junio ya podés acceder a los formularios de declaración jurada con información precargada. Esto incluye tanto IRPF como IASS, dependiendo de tu situación.
Para trabajadores independientes: Lo que tenés que saber
Si sos emprendedor o trabajás de forma independiente, hay algunos puntos clave que debés tener en cuenta:
- Completá tus ingresos independientes: El formulario viene con datos precargados, pero vos tenés que agregar los ingresos de tu actividad independiente
- Verificá pagos y retenciones: Revisá que estén correctos todos los pagos a cuenta y retenciones que te hicieron durante el año
- IVA Servicios Personales: Si prestás servicios, también tenés el formulario 1302 disponible con el mismo plazo
Plazo importante: Tenés desde el 8 de julio hasta el 29 de agosto para presentar tanto tu declaración de IRPF como la de IVA Servicios Personales (si corresponde).
¿Estás obligado a presentar declaración jurada?
Esta es una de las preguntas más frecuentes que recibimos. La realidad es que la mayoría de las personas NO están obligadas a presentar declaración jurada.
Para IRPF, generalmente estás obligado si:
- Tus ingresos anuales superaron ciertos montos
- Tenés ingresos de diferentes fuentes
- Realizaste actividades independientes significativas
Para IASS, los jubilados por AFAP deben presentar declaración si sus ingresos anuales superaron los $881.055 o si no presentaron el formulario 3800.
Consejos prácticos desde nuestra experiencia
Después de ayudar a cientos de emprendedores uruguayos con sus declaraciones, estos son nuestros consejos:
- No dejes todo para último momento: Aunque tenés hasta agosto, es mejor hacerlo temprano para evitar problemas
- Revisá bien la información precargada: No todo está siempre correcto, especialmente si tuviste cambios durante el año
- Guardá todos los comprobantes: Tanto de gastos deducibles como de ingresos que declares
- Si tenés dudas, consultá: Es mejor preguntar antes que cometer errores que después son difíciles de corregir
¿Qué pasa si no presentás la declaración?
Si estás obligado a presentar la declaración y no lo hacés en tiempo y forma, vas a enfrentar multas y recargos. Por eso es fundamental que sepas si te corresponde o no presentarla.
Desde Calculame, siempre recomendamos estar al día con las obligaciones tributarias. No solo evitás problemas con DGI, sino que también podés aprovechar beneficios como devoluciones o créditos fiscales que te corresponden.
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
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