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Prórroga DGI: vencimientos del 22 de mayo se extienden al 25

La DGI prorrogó los vencimientos tributarios del 22 de mayo de 2026 hasta el 25 de mayo. Te contamos qué significa esto y cómo afecta a tu negocio.

Rodrigo Abaz·22 de mayo de 2026
Prórroga DGI: vencimientos del 22 de mayo se extienden al 25

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¿Qué pasó con los vencimientos del 22 de mayo?

Si tenías obligaciones tributarias con vencimiento el 22 de mayo de 2026, respirá tranquilo: la Dirección General Impositiva (DGI) oficializó una prórroga mediante la Resolución Nº1168/2026. Esto significa que tenés tiempo hasta el 25 de mayo de 2026 para cumplir con esos pagos o presentaciones, y serán considerados realizados en plazo, como si los hubieras hecho antes del vencimiento original.

¿Qué obligaciones abarca esta prórroga?

La prórroga aplica a todas las obligaciones tributarias que originalmente vencían el 22 de mayo de 2026. Esto puede incluir, según tu situación particular:

  • Pagos de IVA mínimo para pequeñas empresas y unipersonales.
  • Anticipos o pagos a cuenta de IRAE.
  • Presentación de declaraciones juradas con ese vencimiento.
  • Otras obligaciones periódicas que coincidan con esa fecha.

Si realizás el pago o la presentación antes del 25 de mayo inclusive, la DGI lo tomará como si hubieras cumplido en tiempo y forma. No se generan recargos ni multas por aprovechar estos días adicionales.

¿Por qué se dan estas prórrogas?

La DGI puede otorgar prórrogas por distintos motivos: feriados, inconvenientes técnicos en sus sistemas o situaciones extraordinarias que dificulten el cumplimiento de los contribuyentes. En este caso, la resolución no detalla la causa específica, pero lo importante es que el beneficio está disponible para todos los contribuyentes con vencimientos en esa fecha.

¿Qué debería hacer si me afecta esta prórroga?

Nuestro consejo desde Calculame es simple y práctico:

  • No esperes hasta el último momento. Aunque tenés hasta el 25 de mayo, intentá cumplir lo antes posible para evitar imprevistos de último momento.
  • Revisá tus vencimientos. Confirmá si alguna de tus obligaciones caía el 22 de mayo y aprovechá los días extra si los necesitás.
  • Guardá el comprobante. Siempre conservá el resguardo del pago o presentación realizada, con fecha incluida.
  • Consultá con tu contador. Si tenés dudas sobre si esta prórroga aplica a alguna obligación específica tuya, lo mejor es verificarlo con un profesional.

¿Cómo me entero de estas novedades a tiempo?

En Calculame nos mantenemos al tanto de todas las resoluciones y novedades de la DGI para que vos puedas enfocarte en tu negocio sin perderte ningún detalle importante. Prórrogas como esta pueden parecer pequeñas, pero hacer un pago un día tarde —por no estar informado— puede generarte recargos innecesarios.

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