
Jubilar y seguir trabajando: tu guía práctica para Uruguay 2025
Te explicamos cómo podés trabajar y cobrar tu jubilación al mismo tiempo, las opciones disponibles y qué requisitos necesitás cumplir según la nueva ley previsional.
Impuestos relacionados
¿Se puede trabajar y cobrar la jubilación a la vez?
En Calculame sabemos que muchos emprendedores y trabajadores uruguayos se preguntan si es posible mantener una actividad laboral después de jubilarse. La buena noticia es que sí es posible en la mayoría de los casos, gracias a la flexibilización que introdujo la reforma previsional con la Ley 20.130.
Esta nueva normativa reconoce la realidad de quienes quieren o necesitan seguir activos después de cumplir los requisitos jubilatorios, ya sea por motivos económicos, profesionales o personales.
Las principales opciones para combinar trabajo y jubilación
Volver al trabajo después de jubilarse
Si ya estás jubilado por BPS, podés retomar cualquier actividad laboral sin perder tu pasividad. Esto significa que vas a seguir cobrando tu jubilación y, además, vas a tener todos los derechos laborales del nuevo empleo: aguinaldo, licencia, cobertura médica y demás beneficios. La única excepción es que no tenés derecho al subsidio por desempleo.
Para trabajadores no dependientes: seguir sin aportar
Esta es una de las opciones más interesantes para emprendedores. Si cumplís estos requisitos, podés mantener tu actividad sin hacer aportes jubilatorios:
- Tener 65 años o más
- 30 años de servicios reconocidos
- Haber sido no dependiente durante los últimos 3 años
- Trabajar en Industria & Comercio o sector Rural
Importante: aunque no aportes para jubilación, sí tenés que seguir aportando a FONASA y FRL. Ese período no cuenta como servicios adicionales.
Multiempleo: jubilarse por una actividad y continuar en otras
Si tenés varios trabajos, podés jubilarte por uno de ellos y seguir en los demás. La condición es que cumplas los requisitos de edad y años de trabajo sin contar las actividades donde vas a continuar. Las actividades que mantenés no se incluyen en el cálculo de tu jubilación hasta que termines esos vínculos laborales.
Jubilación parcial flexible para dependientes
Esta modalidad te permite acordar con tu empleador una reducción de entre un tercio y la mitad de tu jornada laboral y sueldo. A cambio, cobrás la misma proporción de tu jubilación. Por ejemplo, si reducís tu trabajo al 60%, cobrás el 60% de tu jubilación.
Ojo que tiene algunas incompatibilidades: no podés ser no dependiente al mismo tiempo, ni estar afiliado a cajas profesionales o notariales, ni tener jubilación por incapacidad total.
¿Cómo funcionan los aportes en cada caso?
Desde Calculame te recomendamos prestar especial atención a este tema porque puede impactar en tus obligaciones tributarias:
- Volvés a trabajar siendo jubilado: hacés aportes normales por la nueva actividad
- No dependiente sin aportar: solo FONASA y FRL
- Multiempleo: aportás normalmente en las actividades que continuás
- Jubilación parcial: aportes reducidos proporcionales a tu nueva jornada
Casos donde NO podés trabajar
Hay algunas situaciones donde la compatibilidad no es posible:
- Jubilación por incapacidad total: es completamente incompatible con cualquier actividad laboral
- Otras cajas previsionales: tienen sus propias reglas. Por ejemplo, en la Caja de Profesionales generalmente tenés que cesar la actividad profesional, aunque podés seguir dando clases
Tu checklist para no equivocarte
En Calculame te sugerimos seguir estos pasos antes de tomar cualquier decisión:
- Confirmá a qué régimen previsional pertenecés (BPS, CJPPU, notarial, bancario)
- Verificá si cumplís con edad y años de servicio para tu modalidad elegida
- Revisá qué códigos de BPS necesitás (como los 161/168 para jubilados que vuelven al trabajo)
- Calculá el impacto en FONASA, FRL e IASS por tus nuevos ingresos
- Ajustá contratos y vínculos laborales según corresponda
Nuestro consejo final
La flexibilidad de la nueva ley previsional abre muchas posibilidades, pero cada situación es única. Te recomendamos analizar tu caso particular considerando no solo los aspectos previsionales, sino también el impacto en tus impuestos y aportes.
Recordá que estos cambios también pueden afectar tu situación tributaria, especialmente si sos monotributista o tenés ingresos por diferentes conceptos. La planificación previa siempre es la mejor estrategia.
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
Artículos relacionados
07 abr. 2026
Nuevas franjas IRAE 2026: conocé cuánto tenés que pagar
Actualizamos las franjas de pago mínimo de IRAE para ejercicios cerrados al 31/03/2026. Conocé en qué categoría te ubicás y cuánto tenés que pagar mensualmente.
07 abr. 2026
Impuesto Mínimo Complementario en Uruguay: qué implica para tu empresa
Uruguay implementa el Impuesto Mínimo Complementario desde 2026. Te explicamos qué empresas afecta, cómo prepararte y qué cambios trae al sistema tributario uruguayo.
07 abr. 2026
IRPF 2025: Todo lo que necesitás saber sobre el cierre del 30 de abril
El 30 de abril cierra el plazo para modificar información de IRPF ante BPS. Después de esta fecha, todos los cambios se gestionan ante DGI. Te explicamos qué implica.
