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Campaña IRPF 2026: fechas clave y todo lo que tenés que saber

La DGI abre la Campaña IRPF 2026 el 26 de junio. Conocé las fechas clave, quiénes deben declarar y cómo hacerlo de forma simple y rápida.

Rodrigo Abaz·01 de junio de 2026
Campaña IRPF 2026: fechas clave y todo lo que tenés que saber

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¿Qué es la Campaña IRPF 2026 y por qué te importa?

Cada año, la DGI habilita un período para que los contribuyentes de IRPF presenten su Declaración Jurada correspondiente al año fiscal anterior. En este caso, la Campaña IRPF 2026 refiere a los ingresos obtenidos durante el año 2025. Si trabajás en relación de dependencia, de forma independiente, o combinás ambas modalidades, esta información te interesa directamente.

Desde Calculame te resumimos todo lo que necesitás saber para no perderte ninguna fecha y cumplir con tus obligaciones sin complicaciones.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración jurada de IRPF?

Antes de entrar en pánico, aclaremos algo importante: la mayoría de las personas no están obligadas a presentar la Declaración Jurada de IRPF. Sin embargo, sí deben hacerlo quienes se encuentren en alguna de estas situaciones:

  • Trabajadores independientes (profesionales, unipersonales, etc.) con ingresos gravados por IRPF.
  • Trabajadores dependientes que además tengan ingresos de otras fuentes (alquileres, actividad independiente, etc.).
  • Quienes quieran aprovechar deducciones adicionales que no fueron contempladas por su empleador (gastos médicos, hijos a cargo, crédito hipotecario, etc.).
  • Contribuyentes a quienes les corresponda recibir una devolución de impuestos.

Si tenés dudas sobre si estás obligado o no, lo mejor es consultarlo con un contador. En Calculame podemos ayudarte a determinarlo en minutos.

Las fechas clave de la Campaña IRPF 2026

Anotá estas fechas en tu agenda porque son las que marcan el ritmo de todo el proceso:

  • 26 de junio: Se habilita el formulario de Declaración Jurada en línea con información precargada del año 2025, tanto en el portal web de DGI como en la app oficial. También arranca la asistencia telefónica al 1344, opción 4, de lunes a viernes de 9:30 a 15:30 hs. Además, queda disponible la agenda para sacar turno de atención personalizada.
  • 29 de junio: Comienza el período oficial de presentación de declaraciones juradas, con posibilidad de asistencia personalizada por parte de DGI (con turno previo). También arranca el plazo para presentar el formulario 1302 de IVA Servicios Personales para trabajadores independientes.
  • 31 de agosto: Fecha límite para presentar la Declaración Jurada de IRPF y el formulario 1302. No lo dejés para último momento.
  • 28 de julio en adelante: La DGI comienza a procesar y pagar las devoluciones que surjan de las declaraciones presentadas antes del día 15 de cada mes. Si la presentaste después del 15, la devolución llegará dentro del mes siguiente.

¿Cómo presentar la declaración jurada? Tres pasos simples

La buena noticia es que el proceso se simplificó bastante en los últimos años. Para muchos trabajadores dependientes, se resume en tres pasos:

  • 1. Ingresá al portal web de DGI o a la app con tu Identidad Digital.
  • 2. Revisá la información precargada que ya tiene el sistema con tus datos de actividad del año 2025.
  • 3. Confirmá (o modificá si corresponde) y enviá la declaración.

Si sos trabajador independiente, el proceso tiene un paso extra: deberás completar tus ingresos por actividad independiente y verificar los pagos y retenciones realizados durante el año. También tenés disponible el formulario 1302 en línea con datos precargados para la declaración de IVA Servicios Personales, lo que facilita bastante la tarea.

¿Podés autorizar a alguien para que declare por vos?

Sí. La DGI permite que un tercero —como un contador— realice y envíe la declaración jurada en tu nombre mediante el servicio de Asignación de Roles disponible en el portal. Esta es la opción más recomendable si tu situación fiscal es algo compleja o si simplemente preferís delegar el trámite en un profesional.

¿Cómo obtener asistencia si tenés dudas?

Si necesitás ayuda para completar el formulario, tenés varias opciones:

  • Telefónicamente: Llamando al 1344, opción 4, en días hábiles de 9:30 a 15:30 hs (disponible desde el 26 de junio).
  • Presencialmente con turno: Podés agendarte por web o por WhatsApp al 098 134400. La agenda abre el 26 de junio y la atención presencial comienza el 29 de junio.
  • A través de la app de DGI o por WhatsApp: También podés consultar el estado de tus devoluciones por estos canales.

¿Cuándo cobro si me corresponde una devolución?

Si de tu declaración surge un crédito a tu favor (es decir, que pagaste más IRPF del que correspondía), la DGI te devuelve esa diferencia. El proceso es así:

  • Si presentaste la declaración antes del día 15 de un mes determinado, la devolución estará disponible para cobrar a partir del 28 de julio (o del mes correspondiente) en bancos o redes de cobranza.
  • Si la presentaste después del día 15, la devolución llegará dentro del mes siguiente.

Podés verificar el estado de tu devolución en cualquier momento ingresando a los Servicios en Línea de DGI con tu Identidad Digital, o a través de la app o WhatsApp de DGI.

Nuestro consejo desde Calculame

No esperes al último momento. Presentar la declaración jurada antes del 15 de cada mes te asegura recibir la devolución —si corresponde— de forma más rápida. Además, si tu situación fiscal tiene alguna particularidad (múltiples fuentes de ingreso, deducciones especiales, actividad independiente), lo ideal es que cuentes con el apoyo de un contador para evitar errores que puedan costarte caro.

En Calculame estamos para acompañarte en todo el proceso, desde determinar si estás obligado a declarar hasta gestionar tu devolución. ¡Consultanos!

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