Nueva Ley de Facilidades de Pago - N.° 19.632
Ahora las empresas con deudas en el BPS tienen la oportunidad de financiar los aportes impagos patronales y los de sus trabajadores. La nueva ley de facilidades de pago comprende deudas generadas entre el 1.° de mayo de 2006 y el 30 de abril de 2018.
¿En qué consiste la nueva ley?
La nueva ley de facilidades de pago permite a las empresas con deudas en el BPS financiar los aportes impagos patronales y los de sus trabajadores.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
Todas las empresas, cualquiera sea su tipo de aportación.
¿Qué deudas están comprendidas?
Las deudas generadas entre el 1.° de mayo de 2006 y el 30 de abril de 2018, para todos los tributos e impuestos que recauda el BPS.
Incluye nóminas y rectificativas, declaraciones juradas de no pago, convenios por Ley 14.306, avalúos, multas por nóminas, GAFI y padrones rurales, declaraciones juradas de servicios personales y multas por presentación tardía.
¿Qué condiciones deben cumplir?
Deben presentar toda la documentación referida a las obligaciones a regularizar mediante la ley y documentar o regularizar las obligaciones del período posterior (del 1.° de mayo de 2018 en adelante).
¿Cuáles son las formas de financiación?
Aportes personales: dependiendo del número de meses adeudados, las obligaciones originales podrán cancelarse hasta en 36 cuotas en pesos.
Las multas y recargos se sustituirán por el porcentaje correspondiente a la máxima rentabilidad de las AFAP más un 2 % de interés anual y podrán pagarse hasta en 72 cuotas en UR (Valor actual $ 1.198,78).
Aportes patronales y aportes totales de los no dependientes: según la cantidad de meses adeudados, podrán abonarse hasta en 72 cuotas en UR (Valor actual $ 1.198,78), con igual actualización que los aportes personales.
Para todos los casos, el valor de la cuota deberá ser igual o superior a 2 UR ($ 2.397,56).
¿Se pueden incluir multas Art. 10 Ley 16.244?
No. Deberán abonarse previamente o convenirse por Ley 14.306.
¿Qué debe hacer un contribuyente para ampararse a la ley?
Agendarse para el trámite Informe de deuda y/o convenios Ley 19.632 en las oficinas habililitadas de todo del país.
AgendarmeFacilidades de Pago.pdf (.pdf 118 KB)