Sociedad de Responsabilidad Limitada que desarrolla actividad como arrendadora de inmuebles de su propiedad y que además pasará a representar a algunas firmas exportadoras del Exterior, percibiendo una comisión.


Consulta 1654


Boletín Nº 91

Se consulta respecto de una Sociedad de Responsabilidad Limitada que desarrolla actividad como arrendadora de inmuebles de su propiedad y que además pasará a representar a algunas firmas exportadoras del Exterior, percibiendo una comisión.

Se contesta que de acuerdo con lo que se establece en la consulta, en ninguna de las actividades mencionadas, se daría la combinación de capital y trabajo, por lo cual no se estaría frente a rentas comprendidas por el IRIC.

No obstante, plantea la duda de que al darse ambas actividades conjuntamente, podrían originarse rentas gravadas.

Se entiendo que la circunstancia de coexistir esos dos tipos de rentas no comprendidas en el IRIC; en el caso de una S.R.L., no implica la gravabilidad de ninguna de ellas.

Sin embargo, deberá tenerse presente lo dispuesto por el artículo del Decreto Nº 663/979 en el apartado b) y laResolución de la DGI Nº 140/980.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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