IVA - Secado de ajíes


Consulta 164


Boletín Nº 15

Se consulta si el secado de ajíes está comprendido en el IVA, no aclarándose si se trata del servicio prestado por terceros, o de la venta de los referidos bienes.

-El servicio prestado por terceros está gravado a la tasa básica. La venta de ajíes secos se halla gravada a la tasa básica, pues no se trata de un producto agropecuario en su estado natural, tal cual se obtiene en los establecimientos productores, como lo serían los ajíes frescos (artículo 11 del Decreto Nº 39/973 del 16.I.973).


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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