Contribuyente incluido en el Sector CEDE consulta cuándo debe presentar la Declaración Jurada y efectuar el pago del primer anticipo de Patrimonio
Consulta 1598
Boletín Nº 89
Un contribuyente incluido en el Sector CEDE consulta cuándo debe presentar la Declaración Jurada y efectuar el pago del primer anticipo de Patrimonio.
Se contesta que la Resolución de la DGI Nº 311/979 establece, para dichos contribuyentes, la obligación de presentar Declaraciones Juradas y efectuar pagos mensuales, a cuenta del citado impuesto, a partir del 5to. mes del ejercicio por el que se efectúa el pago hasta el 3er. mes del ejercicio siguiente. El día de vencimiento fue fijado hasta el 20 de cada mes o hasta el día hábil inmediato siguiente según sea par o impar el número de inscripción en el R.U.C.
Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.