Empresa pequeño contribuyente, lleva determinados libros pero no registra ciertos movimiento financieros - Regimen de contabilidad suficiente


Consulta 1577


Boletín Nº 88

Una empresa pequeño contribuyente, lleva determinados libros pero no registra el movimiento financiero de cobros, pagos, obtención de préstamos, firma de conformes, aunque tiene archivada correctamente la documentación respectiva.

Consulta si puede hacer sus declaraciones bajo el régimen de contabilidad suficiente o si debe declarar bajo el régimen de utilidad ficta.

- Se contesta que se entiende que no puede considerarse como suficiente una contabilidad que no registra todas las operaciones llevadas a cabo durante el ejercicio económico. Además la inexistencia, en este caso especial, de registros, es considerada como determinante de insuficiencia Decreto Nº 384/980 de 9.7.1980).

Deberá, en consecuencia, presentar sus declaraciones juradas bajo el régimen de utilidad ficta.

Con anterioridad al Decreto Nº 384/980 es de aplicación el criterio establecido en el Boletín Nº 24, referido a las obligaciones que deben cumplir los contribuyentes de la DGI respecto a documentación y contabilidad.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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