IRIC - Retribuciones extraordinarias otorgadas por Asamblea de Accionistas a Directores, Síndico y integrantes del personal - Gastos deducibles


Consulta 1561


Boletín Nº 87

Una empresa consulta si puede deducir fiscalmente como gastos, a los efectos del IRIC, las retribuciones extraordinarias otorgadas por la Asamblea de Accionistas a sus Directores, Síndico y tres integrantes de su personal.

- La contestación se desglosa:

1º.- Retribuciones extraordinarias al personal.

Puede deducirlas, siempre que se trate de retribuciones especiales que no sean normales ni permanentes.

2º.- Retribuciones de directores y síndico.

Serán admitidas como deducción hasta el monto por el cual se realicen aportes jubilatorios.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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