Hilos quirúrgicos, sondas y cánulas de uso en gastroenterología, urología, etc.


Consulta 1530


Boletín Nº 85

Se consulta si los hilos quirúrgicos, sondas y cánulas de uso en gastroenterología, urología, etc., están alcanzados por el inciso b) del artículo 12, Título 6, T.O. 1979.

- Se contesta que los elementos que quedan permanentemente incorporados al organismo humano, como algunas cánulas o sondas que deben llevar los enfermos de por vida, se benefician con la rebaja de la tasa del IVA.

En cambio, los elementos usados en medicina que no tienen ese carácter de permanencia, como hilos quirúrgicos, sondas usadas para exámenes médicos, etc., no se benefician con la disposición citada.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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