IRIC - Trabajos de reparación en embarcaciones de bandera extranjera


Consulta 1520


Boletín Nº 85

Se consulta si los trabajos de reparación en embarcaciones de bandera extranjera están exonerados del IRIC.

- Se contesta que están exoneradas las rentas derivadas de la exportación de bienes fabricados en el país, en cuanto sea realizada directa o indirectamente por el industrial (artículo 24, literal b), Título 2, T.O. 1979).

En consecuencia, los trabajos consultados, no pueden ampararse a la exoneración citada.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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