IRIC - Trabajos de reparación en embarcaciones de bandera extranjera
Consulta 1520
Boletín Nº 85
Se consulta si los trabajos de reparación en embarcaciones de bandera extranjera están exonerados del IRIC.
- Se contesta que están exoneradas las rentas derivadas de la exportación de bienes fabricados en el país, en cuanto sea realizada directa o indirectamente por el industrial (artículo 24, literal b), Título 2, T.O. 1979).
En consecuencia, los trabajos consultados, no pueden ampararse a la exoneración citada.
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