IVA - Pagos por cuenta de sus pasajeros que efectúan los hoteles
Consulta 1508
Boletín Nº 85
Se consulta si los pagos por cuenta de sus pasajeros (taxis, telegramas, etc.) que efectúan los hoteles, deben ser facturados agregándoles el IVA.
- Se contesta que para el caso rige lo dispuesto por el artículo 64 del Decreto Nº 666/979. Si el pago está debidamente documentado, lo facturado hasta la concurrencia con el monto pagado no lleva IVA.
Si el hotel recarga alguna suma por la retribución de sus servicios, siempre que se discrimine ésta, el IVA se calculará sólo sobre la parte que exceda el comprobante pagado.
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