IRIC - Cigarrillos - Margen fijo de utilidad


Consulta 1499


Boletín Nº 84

Se consulta sobre la posibilidad de incluir a los cigarrillos dentro de los artículos que se comercializan con un margen fijo de utilidad.

- Se contesta que el margen de utilidad de los cigarrillos no es fijo pero además se aclara que no es cometido de la Comisión de Consultas fijar los márgenes de utilidad.

En consecuencia, se mantiene la respuesta dada a laConsulta Nº 1.159 (Boletín Nº 68, página 54), en el sentido de que la Resolución de la DGI Nº 518/977 no se aplica para la liquidación del IRIC en el caso de comercialización de cigarrillos.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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