IVA - Empresa sub-contratista de obra, para la realización de trabajos del Barrio H-6, propiedad de la C.T.M. de Salto Grande - Avance de obras


Consulta 149


Boletín Nº 29

Una empresa sub-contratista de obra, para la realización de trabajos del Barrio H-6, propiedad de la C.T.M. de Salto Grande, consulta si corresponde liquidar y abonar el IVA al presentar las liquidaciones de avance de obras a la empresa contratista.

Se contesta que únicamente están exoneradas del IVA las viviendas destinadas al personal del Proyecto de Salto Grande, que queden para habitación de quienes atienden el funcionamiento posterior de la obra, así como las que se consuman (inciso 3 artículo 1º, Decreto Nº 965/975 del 18.12.75). Esto rige desde la fecha de las disposiciones interpretadas y referidas en los considerandos del Decreto Nº 965/975.

Los sub-contratistas del Proyecto, a partir de la publicación del Decreto referido, no serán considerados exportadores (artículo 2º Decreto Nº 965/975)


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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