Artículo 99 Título 17 T.O. 79 - Artículo 108 Título 33 T.O. 76 - Artículos 110, 111 y 112 del Título 33 del T.O. 76 - Aplicación


Consulta 1455


Boletín Nº 82

Se consulta si lo dispuesto en el artículo 99 Título 17 T.O. 79 alcanza a los mismos tributos que el artículo 108 Título 33 T.O. 76 y también si son de aplicación los artículos 110, 111 y 112 del Título 33 del T.O. 76.

- Se contesta: que el artículo 99 no tiene ninguna vinculación con el artículo 108 mencionado y que los tributos que alcanza son todos los vigentes a partir del 22.11.79 y que afecten la operativa contemplada en la citada norma.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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