IRIC - Cremas frescas, crema doble y crema rusa
Consulta 1413
Boletín Nº 84
Se consulta si las cremas frescas, crema doble y crema rusa, tributan el impuesto a la tasa mínima.
Se contesta:
Que tales productos se hallan gravados a la tasa básica pues no se encuentran comprendidos en el apartado A del artículo 12 del Título 6 del T.O. 1979.
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