Tributo de sellos - Retención - Pago de sueldos


Consulta 1406


Boletín Nº 80

Se consulta si corresponde retener y abonar el tributo de sellos por el pago de sueldos del mes de noviembre de 1979.

Se contesta que las extinciones de retribuciones personales acaecidas con posterioridad al 22.11.79 no están sujetas al pago del tributo artículo 41, numeral 7 Ley Nº 14.948 - Reforma Tributaria).


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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