IRIC - IVA - Trabajos a façon en bienes que se exportan en el marco de un acuerdo de complementación


Consulta 14


Boletín Nº 6

Se consulta por una empresa que realiza trabajos a façon en bienes que se exportan en el marco de un acuerdo de complementación, sobre su situación respecto a los impuestos a las rentas de la Industria y Comercio y al Valor Agregado.

a) Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio.

Dado que no existe exoneración para los servicios que integran las exportaciones indirectas, se concluye que las rentas respectivas se hallan gravadas. (En la respuesta se analizan las disposiciones legales y reglamentarias que sucesivamente han regido sobre el tema).

b) Impuesto al Valor Agregado.

La devolución del impuesto se realiza únicamente al exportador directo y las etapas anteriores de comercialización deben incluir el tributo (artículo 12 del Decreto Nº 67 de 23.1.75).


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

Novedades

Obtené la mejor estrategia en materia fiscal con Calculame ahora


Conectá con nosotros!

Facebook Instagram Linkedin twitter

Recibí los más recientes consejos sobre cómo ahorrar dinero directamente en tu Inbox