IVA - Concordato que otorga una moratoria y una quita para el pago de las deudas
Consulta 1392
Boletín Nº 80
Se consulta en el caso de un concordato que otorga una moratoria y una quita para el pago de las deudas ¿en qué momento puede darse de baja al IVA correspondiente?
Se contesta: que la deducción por incobrables en la liquidación del IVA opera sólo por el monto de la quita y una vez operada la homologación del concordato.
La sola moratoria no produce ningún efecto al no modificar el monto de los créditos.
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