IVA - Servicio de remises y de ambulancias


Consulta 1382


Boletín Nº 85

Se consulta si el servicio de remises y de ambulancias se halla gravado por el IVA.

- Se contesta que la Resolución del Poder Ejecutivo de 21.9.78 estableció que el término "transporte de pasajeros" debía interpretarse sin la más mínima restricción, por lo que se concluye que los servicios consultados están exonerados del IVA (Literal d), apartado 2), artículo 13, Título 6, T.O. 1979).


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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