IRIC - IVA - Impuesto al Patrimonio - Empresa extranjera - Agencia de noticias internacionales


Consulta 1360


Boletín Nº 77

Una empresa extranjera que actúa como agencia de noticias internacionales consulta qué impuestos debe tributar.

IRIC - Debe tributar el IRIC sobre las rentas gravadas según el apartado D) del artículo 16, Título 2, T.O. 1976 o sobre las rentas reales (artículo 62, Decreto Nº 996/975). La tasa es del 25% más el 20% sobre las rentas que se giren o acrediten a Casa Matriz, si la empresa actúa por sucursal o agencia en el país, de lo contrario se aplican las dos tasas conjuntamente.

IVA - La consultante también está gravada por este impuesto a la tasa básica. Si no actúa por sucursal o agencia, quien le pague los servicios será Agente de Retención.

PATRIMONIO - Tributa este impuesto sobre los bienes situados en el país.

Si no actúa por sucursal o agencia pagará el impuesto por la vía de retención sobre saldos al cobro de contribuyentes del IRIC así como otros bienes que éstos tuvieren en su poder.

Finalmente, se le recuerda la definición da agencia o establecimiento dada enConsulta Nº 1.211, página 7 de este Boletín.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

Novedades

Obtené la mejor estrategia en materia fiscal con Calculame ahora


Conectá con nosotros!

Facebook Instagram Linkedin twitter

Recibí los más recientes consejos sobre cómo ahorrar dinero directamente en tu Inbox