Pequeño contribuyente que anexa a su giro el de negocios inmobiliarios
Consulta 1340
Boletín Nº 83
Se consulta cómo debe formular su declaración jurada un pequeño contribuyente que anexa a su giro el de negocios inmobiliarios y con ello pasa a tributar por el régimen del Capítulo VII del Decreto Nº 999/975.
- Se contesta que en el mes en que se producen los ingresos por el giro anexado debe formular la liquidación como gran contribuyente, declarando todos los ingresos acumulados hasta ese mes y deduciendo los pagos de cuotas que hubiera hecho.
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