IRIC - Carácter de las rentas o pérdidas originadas por saldos de la cuenta de casa matriz o de sucursales en otros países.
Consulta 1330
Boletín Nº 80
Se consulta sobre el carácter de las rentas o pérdidas originadas por saldos de la cuenta de casa matriz o de sucursales en otros países.
- Se contesta que de acuerdo al artículo 10, Título 2, T.O. 1976, los gastos admitidos son los necesarios para obtener y conservar las rentas gravadas.
En caso de obtener rentas de fuente extranjera y/o exentas, los gastos no son computables, admitiéndose la proporción de los mismos a las rentas gravadas y al total de rentas.
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