IVA - S.A - Deudor que se amparó a una moratoria


Consulta 1319


Boletín Nº 76

Una Sociedad Anónima tiene un deudor que se amparó a una moratoria, pegunta si puede pagar el IVA cuando cobre la deuda.

- Se contesta que no se da aquí ninguna de las causales de incobrabiliad (artículo 3º Título 9, T.O. 1976 y artículo 33 del Decreto Nº 999/975 de 29.12.1975) por lo que debe depositar en la D.G.I. el I.V.A. correspondiente de acuerdo a la fecha de la factura.

No existe una, disminución de la deuda, sino una espera en el cobro de la misma.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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