IRIC - Diferencias de cambio - Venta de inmuebles en moneda extranjera


Consulta 1315


Boletín Nº 76

Se consulta sobre cómo deben computarse las diferencias de cambio en el caso de venta de inmuebles en moneda extranjera.

- Se contesta que desde que se promete en venta el inmueble hasta que se opera la tradición las diferencias de cambio deben considerarse integrantes del precio de venta.

La tradición se opera desde que el comprador dispone del inmueble.

A partir de ese momento deben sor consideradas como resultados.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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