IRIC - Diferencias de cambio - Venta de inmuebles en moneda extranjera
Consulta 1315
Boletín Nº 76
Se consulta sobre cómo deben computarse las diferencias de cambio en el caso de venta de inmuebles en moneda extranjera.
- Se contesta que desde que se promete en venta el inmueble hasta que se opera la tradición las diferencias de cambio deben considerarse integrantes del precio de venta.
La tradición se opera desde que el comprador dispone del inmueble.
A partir de ese momento deben sor consideradas como resultados.
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