IVA - Fletes de haciendas destinadas a la exportación


Consulta 128


Boletín Nº 22

Se consulta sobre la situación frente al IVA de una empresa que realiza entre otros, fletes de haciendas destinadas a la exportación. El flete se contrata con el exportador, trasladándose los bienes unas veces hasta una localidad fronteriza y otras entregándose los mismos en el Brasil.

Se contesta que, en el primer caso, por tratarse de fletes que se realizan Integramente en el territorio nacional, no se cumple con la condición de "Fletes Internacionales" que exige el artículo 13 del Decreto Nº 39/973, aunque pueda tratarse de exportación de bienes; en consecuencia se hallan gravados por el IVA. En el segundo caso están exonerados.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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