IRIC - IVA - Empresa del exterior - Instalación en el país de una Oficina que la representaría


Consulta 1278


Boletín Nº 75

Una empresa del exterior -sociedad anónima-, proyecta instalar en el país una Oficina que la representaría.

Esta Oficina:

1º- Será una unidad de la Casa Matriz de la que dependerá directamente.

2º- El capital asignado será el necesario para su instalación.

3º- No va a realizar actividad de tipo comercial y sólo asesorará a los clientes actuales o potenciales de la Casa Matriz.

No se va a inscribir en el Registro Público y General de Comercio.

Se consulta:

1) Si el capital asignado tributa impuesto a los Contratos.

2) Si la Oficina local debe ser considerada "agencia" a todos los efectos fiscales.

- Se contesta:

1º) Tributa el 3% sobre el capital asignado y aumentos posteriores en el plazo que establece el artículo 6º, literal g) del mismo Título.

2º) Debe ser considerada como "agencia" de la Casa Matriz a todos los efectos fiscales.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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