IRIC - IVA - Impuesto al Patrimonio - Corretaje de reaseguros entre compañías extranjeras, sin sucursales en nuestro país


Consulta 1252


Boletín Nº 74

Se consulta sobre el tratamiento fiscal a una empresa sociedad anónima, cuya actividad consistirá en el corretaje de reaseguros entre compañías extranjeras, sin sucursales en nuestro país. Por excepción las operaciones se realizarán con el Banco de Seguros del Estado. La retribución, por el servicio prestado, será una comisión, la cual se retiene de la prima correspondiente a la empresa tomadora del reaseguro.

- Se contesta que la empresa de referencia está gravada por el IRIC por todas sus rentas (artículo 3º y 7º del Título 2, T.O. 1976) y consecuentemente por el IVA (artículo 6º, del Título 9, T.O. 1976) y por el Impuesto al Patrimonio.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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