Empresa de aviación - Introducción y utilización de materiales, maquinaria o instrumentos necesarios para la atención de aeronaves comerciales de su propiedad - Régimen de admisión temporaria o en tránsito


Consulta 124


Boletín Nº 26 - 27

Se consulta sobre la situación tributaria a la que estaría sujeta una empresa de aviación, por la introducción y utilización de materiales, maquinaria o instrumentos necesarios para la atención de aeronaves comerciales de su propiedad, que entrarían en régimen de admisión temporaria o en tránsito.

Se contesta que hasta tanto no se dicte el reglamento respectivo previsto en la Ley Nº 13.782 del 3.11.69, y a partir de la vigencia de esta ley, tanto la empresa como los materiales estarían gravados por los impuestos que recauda la DGI. En cuanto al IVA, están exentas por aplicación del artículo 14 inciso F) del Titulo IX, T.0.1975.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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