IRIC - Comercialización de cigarrillos


Consulta 1159


Boletín Nº 68

La Resolución de la DGI Nº 32/975 de 17 de marzo de 1975, ampliada por Resolución Nº 158/977 de 12 de agosto de 1977, no se aplica para la liquidación del IRIC, en el caso de comercialización de cigarrillos, en virtud de que su precio está liberalizado.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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