Actividad de arrendamiento de elevadores - Tratamiento frente al IRIC.
Consulta 1155
Boletín Nº 71
Se consulta si la actividad de arrendamiento de elevadores, utilizados en la carga y descarga de buques, se encuentra exonerada del IRIC. La actividad consiste en un arrendamiento de obra en que se utiliza maquinaria y personal propios.
- Se contesta que se halla alcanzado por el IRIC, pues se utiliza capital y trabajo aplicados a una actividad productiva regular (Literal A, artículo 2º, Título 2, T.O.1976).
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