Congregación religiosa del exterior que realiza préstamo gratuito en moneda extranjera a Colegio religioso del Uruguay - Exoneraciones genéricas - IRIC - Actividades financieras - Impuesto al Patrimonio.


Consulta 1032


Boletín Nº 63

Una Congregación Religiosa del Exterior realiza un préstamo gratuito en moneda extranjera a un Colegio Religioso del Uruguay, el que, a su vez, lo coloca en empresas uruguayas, recibiendo un interés mensual que se aplica a la financiación de las obras del citado Colegio. Se entiende que las rentas de este último no estarían gravadas por ningún impuesto, así como tampoco los préstamos del exterior lo estarían por el Impuesto al Patrimonio.

- Se contesta:

1) El Colegio Uruguayo estará exonerado de todo impuesto, si se trata efectivamente de una institución cultural con goce de personería jurídica y sin fines de lucro (artículo 1º,Título 33, T.O 1976) y siempre que la actividad esté directamente relacionada con los fines específicos de las entidades que han motivado su inclusión en el régimen de exenciones (artículo 4º, Título 33).

No siendo la actividad de préstamos fundamental para la consecución de los fines de una entidad religiosa, no rigen al caso las exenciones genéricas del artículo 1º.

IRIC - La actividad no está gravada por este impuesto, por no ser el Colegio sujeto pasivo según el artículo 5º, Título 2, T.O. 1976.

IMPUESTO A LAS ACTIVIDADES FINANCIERAS: No está comprendido tampoco en el impuesto del Título 4, T.O.1976, por no darse las condicionantes del artículo 1º del Título.

2) La situación del Colegio del exterior será:

PATRIMONIO: - No corresponde retener por este impuesto, por tratarse de préstamos en moneda extranjera de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el exterior, exonerados por el literal B) inciso 2º , artículo 8º, Título 7, T.O.1976.

IRIC: - No corresponde aplicar retenciones.


Importante: Este articulo contiene información que puede estar derogada/desactualizada, corresponde a información historica y se encuentra archivada, asesorese antes de utilizar la información proporcionada en este articulo.

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